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Reglamento del uso del club
La Junta Directiva de ASOTELETICA con fundamento en las facultades que le confiere la Asamblea General y con fin de reglamentar todas aquellas situaciones relativas al uso del club campestre, procurando que dicho centro de recreo mantenga los principios de sana diversión, moral y seguridad para el que fue creado, establece el siguiente reglamento:
Artículo 1: Del ingreso a las instalaciones del Club
a. Podrán ingresar a las instalaciones todo asociado debidamente identificado con su carnet de socio activo.
b. Podrán ingresar además el cónyuge del asociado, sus hijos y / o sus padres y hermanos hasta un máximo de 4 personas (sin costo adicional) siempre que lleguen acompañados del asociado o bien cuando porten su carnet y autorización debidamente firmada por el asociado.( indicando parentesco, nombre completo, cedula y cantidad de personas a ingresar). Acompañantes adicional a esta cantidad y hasta un máximo de 20 deberán cancelar la suma de ¢1.000. Cuando el socio no asista, el ingreso será de 4 familiares sin costo, todo excedente pagara ¢1.000.00
c. Los menores de edad podrán ingresar únicamente cuando lleguen acompañados del asociado o bien de un adulto familiar del asociado que se responsabilice de ellos. previa notificación por escrito del asociado.
d. Si bien no se establece un número máximo de invitados, cuando este grupo excede de veinte personas ( 20 ), o bien cuando requieran del uso exclusivo del salón con motivo de alguna actividad que deseen realizar, el asociado deberá comunicarlo previamente a la administración para la respectiva reservación, además deberá pagar en forma anticipada por el grupo que pretende llevar. La suma de ¢1500 por persona
e. Se podrá parquear dentro de las instalaciones únicamente en el espacio definido para tal fin
f. No se autoriza ingresar los vehículos más allá del lugar establecido para parqueo, aun cuando solo se requiera de poco tiempo para descargar.
g. Es prohibido solicitar al encargado del club se reserve espacio para parquear el vehículo
h. En caso de microbuses (12 personas), estas deben parquear fuera de las instalaciones.
Artículo 2: Horario
El club estará abierto para el uso y disfrute de nuestros asociados, de miércoles a lunes
con un horario de 9:00am a 4:00 p.m. Y de 8:00 a 6:00 sábado y domingo. La hora máxima de ingreso a las instalaciones será a las 4:00 p.m. en éstos días.
a. El día martes permanecerá cerrado
Artículo 3: De la Responsabilidad
Será responsable directo el asociado por el uso de las instalaciones del club bajo las siguientes reglas:
a. Es responsabilidad de los asociados velar por el buen uso de las instalaciones del Club, debiendo reportar a aquel asociado o invitado que encuentre dando un uso diferente o en deterioro del club.
b. Es responsabilidad del asociado el uso, comportamiento y vocabulario de sus invitados dentro de las instalaciones del club así como de los daños causados en caso de que se dieran. No se exime de esta responsabilidad al asociado cuando éste no acompañe a sus invitados.
c. Es responsabilidad de cada asociado el ingreso de menores al área de piscinas así como su comportamiento en las mismas. Todo menor debe ser supervisado por el adulto.
d. No se hace responsable la administración por objetos personales dejados olvidados en las instalaciones del club.
e. La Junta Directiva se reserva la facultad de prohibir el ingreso al club de personas consideradas nocivas dentro de las instalaciones.
f. El consumo de licor será restringido, en el momento de que se presenten situaciones que alteren el orden en las instalaciones y se podrá solicitar el desalojo al socio y sus invitados cuando su comportamiento no sea el apropiado por abuso en el consumo de licor o cualquier otras sustancia que altere la conducta.
Artículo 4: Del uso de las Piscinas
a. Niños menores de 10 años que ingresen a esta área debe permanecer bajo la vigilancia de algún familiar mayor de edad.
b. El uso de la piscinas solo podrá hacerse vistiendo ropa de baño adecuada (vestido de baño o pantaloneta)
c. Es prohibido ingerir alimentos o bebidas de cualquier clase en el área de las piscinas. El asociado debe velar por que se cumpla lo indicado, especialmente en cuanto a niños se refiere, para el consumo de alimentos existen las zonas verdes
d. Es prohibido el ingreso a las piscinas sin haberse duchado y quitado previamente los bronceadores.
e. Es prohibido el juego dentro de la piscina, que atenten contra la seguridad en general.
Artículo 5: Del uso del salón y sala de juegos
a. Cuando el salón principal esté alquilado para uso exclusivo de algún grupo, la sala de juegos permanecerá cerrada.
b. No es permitido el uso de la mesa de billar a niños menores de 12 años.
c. El tiempo de uso de las diferentes mesas de juego se regulará de conformidad con la cantidad de personas que deseen hacer uso de ellas – demanda.
d. Es prohibido en el salón principal el uso de patines, scotter, patinetas, así como la realización de cualquier otra actividad deportiva.
e. No es permitido el ingreso al salón principal en ropas mojadas.
f. El uso de los sanitarios del salón tendrán únicamente ese y no podrán ser usados como área de vestidores.
Artículo 6: Del Alquiler del Club
a. Entiéndase por alquiler el derecho de uso exclusivo del salón principal. El alquiler comprende además el uso y disfrute de todas las áreas del club excepto la sala de juegos y los ranchos los cuales son de uso exclusivo de socios
b. El alquiler del club se tramitará a través de la oficina administrativa, donde se confeccionara contrato previo a la actividad
c. Solo la firma del contrato obligará a Asoteletica a reservar la fecha solicitada.
d. Cuando el Club sea alquilado por un asociado para la realización de una actividad privada, tendrá un costo de ¢ 1.500.00 por persona. Es requisito que el socio este presente durante toda la actividad
e. Cuando se trate de alquiler por un tercero, tendrá un costo de ¢2,500.00 por persona Se firmara contrato previo a la actividad y para que la reservación quede en firme se debe cancelar el 50% del monto total y se dará la cancelación del saldo 8 días previos a la actividad.
f. Cuando las personas que alquilen el club deseen hacer uso de la cancha de futbol el costo del alquiler será de ¢25.000 que equivale a reservar la cancha por 2 horas teniendo claro que no se da el servicio de árbitro.
g. Durante las fechas en que el Club esté alquilado el asociado deberá abstenerse de usar el salón principal pues este es dado para uso exclusivo del contratante; tampoco tendrá acceso a la sala de juegos, la cual permanecerá cerrada. Sin embargo el resto de las instalaciones podrán ser utilizadas por los asociados y sus acompañantes
h. El administrador de Asoteletica es quien deberá llevar el control de tales actividades, y lo comunicara al encargado del club
i. En caso de presentarse situaciones que alteren el orden por parte del grupo que ha solicitado el alquiler. El encargado informara a la persona responsable del evento, para que tome las medidas correctivas que se amerite y de continuar el inconveniente se solicitara al grupo en general que abandonen las instalaciones
j. Cuando el socio desee alquilar la cancha de futbol éste deberá cancelar la cuota de ¢15.000 que equivale al uso de la misma por dos horas.
Artículo 7: Del Camping
a. Solo podrá hacerse uso de esta actividad cuando sea el asociado quien desea acampar. No se permite que el socio autorice a un grupo a permanecer de noche en las instalaciones o bien preste su carnet Por seguridad no se podrá hacer uso de la piscina después de las 7pm
b. Cada tienda adicional a la del asociado tiene un costo de ¢2.000 por noche, y éstos invitados deberán cancelar también la tarifa establecida por ingreso.
c. Respecto de los invitados, horario de uso de las instalaciones, piscinas y otros, así como de la responsabilidad en el uso y comportamiento del asociado e invitados durante su estadía en el club, estas se regirán por los lineamientos establecidos en los artículos anteriores.
d. La hora de ingreso no podrá ser después de las 4:00 p.m.
e. Deberá respetar y acogerse a los horarios del club en lo que respecta al uso de la piscina y vestidores.
f. Por tratarse de fomentar una actividad que procura el descanso de los asociados, no se permitirá el uso de equipos de sonido o actividades ruidosas después de las 10:00 p.m.
g. La asociación no cuenta con el servicio de préstamo de tiendas y es prohibido su instalación en el salón.
Artículo 8
El Club cuenta con un equipo de amplificación para uso exclusivo en actividades propias de Asoteletica; solo podrá ser utilizado en otras actividades de los asociados previa autorización de la Junta Directiva y quien lo solicite asume la responsabilidad total por su uso.
Artículo 9:
Es obligación de los asociados, invitados y administradores el inmediato acatamiento de las recomendaciones que pudiere hacerle cualquier miembro de la Junta Directiva o el encargado del Club respecto del debido uso de las instalaciones.
Artículo 10: Otras obligaciones de los asociados
a. Recoger la basura dejando limpias las áreas utilizadas
b. No lanzar objetos que pudieran ensuciar, dañar o perjudicar el uso de la piscina y demás áreas del club.
c. No usar recipientes de vidrio en el área de la piscina.
d. Respetar el articulo 1h con relación al uso de parqueo
e. No ingresar mascotas.
f. Velar porque el play sea de uso exclusivo de niños, bajo ninguna circunstancia se permite que adultos le utilicen.
g. El socio no debe prestar su carnet para que personas ajenas a su núcleo familiar ingresen a las instalaciones, salvo aquellos casos donde previa nota y pago en la oficina de la administración se solicite la autorización correspondiente y bajo los lineamientos que establece este reglamento
Artículo 11: Facultades y obligaciones del Encargado del Club
La Junta Directiva de Asoteletica faculta al encargado del Club en el cumplimiento de este reglamento, asignándole las siguientes responsabilidades:
a. Velar por el cumplimiento estricto de este reglamento.
b. Velar por el buen uso de las instalaciones del Club.
c. Velar porque los asociados e invitados guarden un comportamiento acorde a la moral y buenas costumbres.
d. Solicitar el abandono del Club a aquella persona (s), asociado o invitado, cuyo comportamiento vaya en contra de este reglamento, la moral y las buenas costumbres.
e. Velar por el no ingreso a la piscina de personas en estado de ebriedad.
f. Velar por la conservación de las zonas verdes.
g. Cobrar las cuotas de ingreso según el artículo 1d.
h. Comunicar a la administración cualquier acto anómalo por parte de los socios o invitados que venga en perjuicio o desacato al presente reglamento.
i. Mantener el orden y la limpieza
j. Realizar trabajos de mantenimiento preventivo (cambio de celosillas quebradas, limpieza de canoas, pintura en áreas específicas, sacar material de desechos o en su efecto reportar para que la administración lo haga, etc)
Artículo 12: Sanciones al encargado del club
En caso de que no se haga cumplir este reglamento se someterá a la escala disciplinaria siguiente:
1 verbal
2 escrita
3 Suspensión
Sin embargo dependiendo de la gravedad de la falta se podrá proceder con el despido sin agotar la escala disciplinaria
Artículo 13: Del uso de la cancha.
a. No se permite el ingreso a la cancha sintertica con los tacos sucios (barro, tierra etc
b. No se permite el ingreso con envases, alimentos o bebidas de ningún tipo
c. El socio debe velar por el buen uso de esta cancha . asi como del resto de las instalaciones.
d. La cancha tendrá como fin solo el uso establecido
Artículo 14:
El presente reglamento rige a partir del día 01 de julio del 2010
Aprobado en Cesión de Junta Directiva: Miércoles 30 de junio del 2010
Atentamente,
ASOTELETICA
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